Chile cuenta con una nueva institucionalidad ambiental, conformada por el Ministerio del Medio Ambiente, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Este diseño respondió a la necesidad de racionalizar y precisar las competencias con miras a asegurar la protección del medioambiente, bajo la óptica del desarrollo sostenible.
La SMA tiene por objeto establecer un sistema de fiscalización centralizado, claro, transparente y eficiente, a cargo de una entidad moderna, técnica e independiente. Asimismo, se le encomienda ejecutar, organizar y coordinar el seguimiento y fiscalización de diversos instrumentos de carácter ambiental, entre los que se encuentran las resoluciones de calificación ambiental que aprueban los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental. Esto permitirá al país contar con un órgano enfocado en asegurar una adecuada gestión ambiental mediante la promoción del cumplimiento de la normativa, tal como lo manifestará el Presidente Sebastián Piñera, cuando aseguró que en su gobierno la protección del medioambiente era su prioridad y un compromiso.
El Ministerio y el Servicio de Evaluación Ambiental ya se encuentran instalados y plenamente operativos. En el caso de la SMA, la situación es un tanto diversa. Sus principales funciones -fiscalizar y sancionar- han quedado suspendidas a la espera de que comiencen a funcionar los Tribunales Ambientales, dado que varias de las actuaciones y decisiones de la Superintendencia quedaron sujetas a revisión o autorización por parte de éstos, cuya creación se discute actualmente en la Cámara de Diputados, tras haber sido aprobada por el Senado. Dado los plazos que prevé el proyecto de ley, se estima que la SMA no podrá ejercer su rol fiscalizador, sino a mediados de 2011.
¿Qué sucede en el intertanto? En la práctica, las atribuciones de fiscalización y sanción no quedaron bien especificadas en la ley. Para hacer frente a este vacío, el gobierno presentó en el Congreso una iniciativa legislativa que entrega la atribución para sancionar tales incumplimientos a las comisiones de evaluación, a nivel regional, y al director ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental, en el caso de los proyectos que puedan causar impactos en zonas situadas en distintas regiones. El Ejecutivo ha dispuesto que el proyecto debe someterse a discusión inmediata y, en ese sentido, ya fue despachado por el Senado, estando pendiente su revisión por la Cámara de Diputados. Ello permitirá contar en los próximos días con una ley que garantice el resguardo de nuestro medioambiente, mientras no inicie su labor la Superintendencia del Medio Ambiente.
Más allá de la solución transitoria que significa este último proyecto, se requiere concentrar los esfuerzos y avanzar con decisión en la tramitación del proyecto que crea los Tribunales Ambientales, no perdiendo nunca de vista la necesidad de contar con una Superintendencia del Medio Ambiente eficiente e independiente y con un sistema integrado de fiscalización sólidamente sustentado, coherente, transparente y proporcional, que asegure un mejor cuidado del medioambiente y un desarrollo sostenible para las generaciones futuras.