Fiscalía consiguió condena para pareja que utilizaban ropa infantil para esconder droga

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Una dura sentencia fue la que consiguió la Fiscalía de Atacama contra una pareja que fue sorprendida transportando droga desde el norte del país en un bus interprovincial.

Los antecedentes de esta investigación fueron presentadas ante los Jueces del Tribunal Oral de Copiapó por el Fiscal Jefe de Caldera, Gabriel Meza, quien dio cuenta de los medios de prueba recabados y que fueron la base para sustentar la acusación presentada por el Ministerio Público.

Lo particular de este caso de tráfico de drogas es que ambos condenados, Juan Andrés Acosta Navarro y Priscila Pereira Galaz, utilizaban ropa de guagua para envolver los paquetes en que llevaban cerca de 13 kilos de droga.

En el juicio la Fiscalía pudo demostrar que ambos imputados abordaron un bus en la ciudad de Chañaral en abril del año pasado, oportunidad en que llevaban consigo tres bolsos que fueron ubicados en el portamaletas de la máquina.

El procedimiento policial que permitió concretar la detención  se llevó en las cercanías de Caldera, oportunidad en que personal del OS-7 de Carabineros controló el vehículo y gracias a la presencia de perros detectores de droga se pudo establecer que en uno de los bolsos de la pareja habían 11 paquetes contenedores de pasta base de cocaína y 2 de clorhidrato de la misma droga escondidos entre las pequeñas vestimentas, razón por la que fueron inmediatamente detenidos.

Tras el aviso al Fiscal Meza se comenzó con las indagaciones, las cuales permitieron encontrar las pruebas que sirvieron para que la Fiscalía iniciara la investigación en contra de ambas personas. Estas fueron presentadas ante el Tribunal Oral, además de los peritos y pruebas de rigor que demostraron cada uno de los actos de los acusados quienes fueron condenados por el delito de tráfico de droga.

Por ello, en la audiencia de lectura de sentencia se dio a conocer que ambas personas deberán pasar 8 años de cárcel por el delito cometido, además de cancelar una multa individual de 60 Unidades Tributarias Mensuales, pena que será cumplida de manera efectiva.

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