La Contraloría General de la República ordenó dejar sin efecto la desvinculación de 14 docentes ordenada por el SLEP del Huasco a quienes se e aplicó el artículo N°72 del Estatuto Docente, la resolución fue tomada luego que la senadora Yasna Provoste acudiera ante el órgano fiscalizador en julio de 2021 para rectificar la situación de 11 profesores perjudicados.
De acuerdo con el dictamen y lo que indica el artículo 72: «Cada vez que un profesional de la educación resulte evaluado con desempeño insatisfactorio, deberá ser sometido al año siguiente a una nueva evaluación, pudiendo el sostenedor exigirle que deje la responsabilidad de curso para trabajar durante el año en su plan de superación profesional, debiendo el empleador asumir el gasto que representa el reemplazo del docente en aula. Si el desempeño en el nivel insatisfactorio se mantuviera en la segunda evaluación consecutiva, el profesional de la educación dejará de pertenecer a la dotación docente. Los profesionales de la educación que resulten evaluados con desempeño básico deberán evaluarse al año subsiguiente, pudiendo el sostenedor exigirle que deje la responsabilidad de curso para trabajar durante el año en su plan de superación profesional, debiendo el empleador asumir el gasto que representa el reemplazo del docente en aula. En caso de que resulten calificados con desempeño básico en tres evaluaciones consecutivas o en forma alternada con desempeño básico o insatisfactorio durante tres evaluaciones consecutivas, dejará de pertenecer a la dotación docente».
En efecto los docentes consideraron que la medida de desvinculación no se ajustaba a derecho, por tal motivo un grupo de los notificados recurrió de reposición contra la medida.
«El año pasado, tras conocer la injusta desvinculación de 11 docentes del Servicio Local de Educación de Huasco, al aplicarles el artículo N° 72 del Estatuto Docente, recurrimos a la Contraloría General de la República en julio del año 2021, haciendo ver que no se había cumplido el debido proceso respecto del cumplimiento de los planes de Superación Pedagógica en el tiempo que establece la ley, es decir, durante el primer semestre del año posterior de la evaluación de la que fue objeto el profesor o profesora», explicó la senadora Yasna Provoste.
Con ello, la parlamentaria anunció que hoy, «la Contraloría nos ha dado la razón, ordenando que el Servicio Local de Huasco deje sin efecto las desvinculaciones de los docentes y que pague las remuneraciones de aquellos que se vieron impedidos de ejercer sus labores docentes». Además, señaló, que el órgano «establece que el Servicio Local deberá informar debidamente la documentación en un plazo no superior a 20 días hábiles a contar del día de hoy».
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