La dirección de Control interno del municipio de Vallenar entregó mediante un informe del 23 de julio pasado, una serie de observaciones respecto del contrato de arrendamiento entre la Municipalidad de Vallenar y “Tu Butaca SPA”, por el sector triangular de áreas verde ubicada al extremo norponiente de la plaza Parque Quinta Valle.
En dicho sector, como es de conocimiento público, se está desarrollando el evento “Parque iluminado”, desde el 09 de julio hasta el 04 de agosto del 2024, y esta unidad de control detectó diversas observaciones que hizo notar al alcalde de la comuna.
OBSERVACIONES
El documento señala que “en primer lugar, de acuerdo con lo establecido en la cláusula tercera de dicho contrato de arrendamiento, se cita el artículo 36 de la ley N° 18.695 orgánica constitucional de municipalidades, el cual autoriza a las municipalidades a entregar en concesión o permiso los bienes nacionales de uso público sujetos a su administración, para dar fundamento al contrato celebrado. Sin embargo, lo que se celebra sobre el bien nacional de uso público es un contrato de arrendamiento, lo cual no se encuentra autorizado por la legislación ni tampoco en el artículo citado”.
“En segundo lugar, según la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades y la Ley de Rentas Municipales, las municipalidades podrán cobrar derechos por la prestación de sus servicios, los cuales deberán estar establecidos en la ordenanza respectiva, lo que en nuestro caso se encuentra en la “Ordenanza sobre derechos municipales por permisos, concesiones y servicios que presta la Municipalidad de Vallenar”, redactada para estos fines y publicada en el Diario Oficial el 05/06/2017 a través del Decreto Exento N° 1420 del 12/04/2017. Teniendo en cuenta nuestra Ordenanza sobre derechos Municipal, redactada para estos fines, no contempla valores por arriendo de un Bien Nacional de Uso Público, por lo que se desconoce cómo se obtiene el cálculo de las 13,5 UTM señaladas en la cláusula cuarta de dicho contrato, por concepto de arriendo del inmueble”.
En tercer lugar, el documento señala que “tomando en cuenta el valor del arriendo pactado entre las partes (sin perjuicio de la observación señalada en el párrafo anterior), esta dirección ha verificado a través del sistema contable que a la fecha de este informe, no consta acto administrativo que evidencie que “Tu Butaca SPA”, haya realizado el ingreso por tesorería municipal por concepto de arriendo que se estableció en el Decreto Exento N° 2815 del 12/07/2024, punto cuarto, aun cuando se establecía en la misma cláusula “en día y horario hábil anterior al evento”. Por otro lado, no consta el cobro como tampoco el pago del permiso correspondiente por concepto del ejercicio de la actividad comercial de que se trata, de acuerdo con lo establecido en la ordenanza de cobro de derechos ya citada”.
Por último, explica el documento “se observa el hecho que el municipio autorice y celebre un contrato para la realización de una actividad de esta naturaleza en un bien nacional de uso público bajo su administración, aun cuando la empresa a cargo de dicha actividad no ha dado cumplimiento a todas las obligaciones señaladas en la ley para actividades de esta naturaleza, como el certificado de la SEC y la autorización de la delegación provincial de la provincia”.
Ante esto, la dirección de Control municipal procedió a observar el contrato de arriendo suscrito entre la Municipalidad de Vallenar y “Tu Butaca SPA”, por no ajustarse a la normativa.
DELEGACIÓN Y MUNICIPIO
Este medio consultó a la Delegación Provincial respecto a las autorizaciones de SEC, señalando que “cualquier particular, todo ciudadano que va a hacer uso de un bien nacional de uso público para efectos de un acto público y/o masivo, debe contar con los permisos respectivos so pena de exponerse a multas o desalojos administrativos en caso de ser constatada una infracción por parte de Carabineros ante la fiscalización de los permisos respectivos”. Actualmente, la empresa no contaría con los permisos respectivos para funcionar.
Por su parte, desde el área de comunicaciones del municipio de Vallenar dijeron que “el proceso de pago está sujeto a los procedimientos administrativos contemplados en la ley”.