La Contraloría Regional de la República informó que iniciará un procedimiento disciplinario contra el alcalde de Vallenar, Armando Flores, así como la eventual entrega de información falsa por parte de la autoridad, luego que el concejal Hugo Páez denunciara a la pareja del alcalde, Paola Ramírez Sepúlveda, por haber participado como asesora de este en una audiencia en dependencias de la Subsecretaría de Prevención del Delito, a pesar de que no es funcionaria del municipio.
El documento emitido el 1 de junio, señala que dicha participación en la reunión realizada en Santiago, “se consignó en el acta de la audiencia remitida por esa subsecretaría”.
“Requerido su informe a la Municipalidad de Vallenar, lo evacuó en el plazo otorgado al efecto, indicando que la denuncia se basa sólo en especulaciones, negando las aseveraciones que componen la denuncia”. Asimismo, dicha entidad de control se pronunció sobre diversas denuncias respecto de la participación de Ramírez Sepúlveda en decisiones propias del municipio, “dando instrucciones a funcionarios sobre renovaciones de funcionarios a contrata y prestadores de servicios a honorarios. En esa oportunidad, dada la falta de respuesta del municipio, no fue posible emitir un pronunciamiento al respecto, por lo que correspondía al municipio informar respecto de la participación de la señora Ramírez Sepúlveda en las decisiones del municipio”, explica el documento electrónico.
Entre las conclusiones y análisis, efectuado por el ente Contralor, se señala que “en primer término, es necesario hacer presente que la Municipalidad de Vallenar no ha informado respecto de la participación de la señora Paola Ramírez Sepúlveda, en la adopción de decisiones propias del servicio e impartir instrucciones de acuerdo con el mencionado oficio N° E326242, de 2023, oportunidad en que se acompañaron una serie de correos electrónicos de parte de la señora Ramírez Sepúlveda con instrucciones a funcionarios municipales. En segundo término, la denuncia presentada en esta oportunidad se basa en el acta de la reunión de fecha 1 de julio de 2022, en las dependencias de la Subsecretaría de Prevención del Delito, en que se individualiza a los asistentes, indicando la presencia de la señora Paola Ramírez, como asesora del alcalde”. “Como es posible advertir, existen antecedentes que dan cuenta de los hechos denunciados, así como una negativa del municipio al respecto, de forma que esta Contraloría Regional iniciará un procedimiento disciplinario, a fin de verificar la eventual responsabilidad administrativa que pudiera existir tanto por los hechos denunciados, como por la eventual entrega de información falsa de parte de los funcionarios de la Municipalidad de Vallenar”.
SANCIONES
El documento explica que “la falta de observancia oportuna de estos requerimientos podrá ser sancionada directamente por el Contralor General con la medida disciplinaria de multa de hasta quince días de remuneraciones, sin perjuicio de que, si lo estima procedente, pueda disponerse la suspensión, sin goce de remuneraciones, del funcionario responsable de tal omisión, hasta que se le remitan los antecedentes o informes requeridos. Luego el artículo 15° dispone que la persona que preste declaraciones falsas al Contralor o a cualquier otro funcionario de la Contraloría que esté debidamente autorizado para recibirlas, será castigada con arreglo al Código Penal. Finalmente, es dable recordar que los pronunciamientos jurídicos emitidos por esta Entidad Fiscalizadora son obligatorios y vinculantes para los servicios sometidos a su fiscalización, y su carácter imperativo encuentra su fundamento en los artículos 6°, 7° y 98, de la Constitución Política de la República; 2° de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; 1°, 5°, 6°, 9°, 16 y 19, de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, por lo que el incumplimiento de tales pronunciamientos por parte de esos organismos significa la infracción de los deberes funcionarios de quienes deben adoptar las medidas necesarias para que ellos sean acatados, comprometiendo su responsabilidad administrativa”.