Una extensa batalla judicial comenzó en Vallenar luego de que los propietarios de la discoteca “Happy” recurrieran a la justicia para revertir la suspensión de sus permisos de venta de alcohol, medida que según denuncian, paralizó completamente el funcionamiento del recinto nocturno y dejó en riesgo la continuidad laboral de sus trabajadores, según informó Diario Atacama.
La defensa interpuso un recurso de protección en contra de la municipalidad de Vallenar y de su alcalde, Víctor Isla, acusando un acto “ilegal y arbitrario” por la suspensión de la autorización para el expendio de bebidas alcohólicas del local.
DECRETO
Todo comenzó el 24 de abril de 2026, cuando el propietario del recinto fue notificado, resolviendo suspender temporalmente las patentes Rol N° 400331, correspondiente a “Salón de Baile”, y Rol N° 100336, correspondiente a “Cabaret”.
La municipalidad justificó la medida invocando el artículo 20 numerales 2 y 3 de la Ley N° 19.925 sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas, según el decreto, el establecimiento no reuniría las condiciones de salubridad, higiene y seguridad exigidas por la normativa y, además, existiría incumplimiento en el pago oportuno de una de las patentes asociadas al recinto.
Según el diario, el recurso asegura que la autoridad comunal nunca individualizó los reglamentos supuestamente infringidos ni especificó las disposiciones vulneradas. Además, afirman que no se detallaron hechos concretos que justificaran una medida de tal magnitud.
Según la presentación, la suspensión tendría origen en una discusión iniciada al interior de la discoteca y que posteriormente derivó en una riña ocurrida fuera del local y a varios metros del recinto.
El recurso enfatiza que los hechos ocurrieron fuera del control directo de los propietarios y recalca que la discoteca se encuentra a escasa distancia de la Primera Comisaría de Carabineros de Vallenar.
Según la presentación, la sociedad acreditaría incumplimientos efectivos del local. Asimismo, manifiestan que tampoco existen actas de inspección, informes sanitarios ni antecedentes técnicos que justifiquen la suspensión, señala el matutino.
Por ello, los recurrentes sostienen que el municipio vulneró el deber de fundamentación de los actos administrativos establecido en la Ley N° 19.880, que obliga a las autoridades a expresar claramente los fundamentos de hecho y de derecho.
COMPLEJO
El recurso también acusa una supuesta desviación de finalidad por parte del municipio, en donde la autoridad comunal habría utilizado la pelea ocurrida en las inmediaciones del recinto para transmitir una señal pública frente a hechos de delincuencia registrados en el sector.
El documento judicial recalca que la discoteca ha funcionado durante años de manera pública, continua e ininterrumpida, con pleno conocimiento y tolerancia de la municipalidad. Asimismo, sostienen que el establecimiento operaba históricamente con dos patentes de alcoholes, discoteca y cabaret, y que al menos una de ellas se encontraba vigente y pagada.
Añaden que esta modalidad era conocida y aceptada por la autoridad comunal, sin observaciones, reparos ni requerimientos de regularización respecto de las patentes utilizadas.
Uno de los puntos más delicados del recurso apunta al origen real de la decisión municipal. La defensa sostiene que la suspensión tendría relación con la ocurrencia de riñas, delitos o alteraciones al orden público, lo que no puede traducirse automáticamente en responsabilidad para el titular del negocio ni justificar medidas extremas como la suspensión inmediata del expendio de alcoholes.
Además, aclaran que hechos similares pueden ocurrir en distintos recintos públicos y privados sin que ello implique el cierre automático de sus actividades, por lo que califican la medida municipal como desproporcionada.
AUSENCIA DE FISCALIZACIÓN
Incluso se afirma que jamás existieron inspecciones sanitarias, sumarios, observaciones técnicas ni resoluciones de organismos competentes.
Otro de los argumentos centrales del recurso apunta a lo que la defensa denomina una “conducta contradictoria” del municipio, enfatizando que durante años la Municipalidad de Vallenar conoció y aceptó el funcionamiento del establecimiento bajo el sistema de patentes utilizado, sin formular observaciones ni exigir regularizaciones.
Esa conducta, apuntan, generó en el propietario una legítima confianza respecto de la regularidad de su situación administrativa. Por ello, consideran improcedente que ahora la autoridad invoque sorpresivamente esa misma circunstancia para paralizar completamente el negocio.
Ante la Corte de Apelaciones de Copiapó, la defensa solicitó declarar admisible el recurso de protección; dejar sin efecto el decreto alcaldicio; restituir inmediatamente la autorización para vender alcoholes; ordenar que el municipio se abstenga de ejecutar nuevos actos arbitrarios y condenar en costas a la municipalidad recurrida.
Además, se pidió una orden de no innovar para suspender provisionalmente los efectos del decreto mientras se tramita la causa, permitiendo que la discoteca pueda volver a operar temporalmente.
Fuente: Diario Atacama
