Hda. Ventanas: «No existe contaminación con agentes venosos»

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La Junta de Vigilancia del río Huasco y sus afluentes (JVRH) interpuso una denuncia en la Fiscalía de Vallenar en contra de la Fundación de Beneficencia Isabel Aninat Echazarreta, propietarios de la Hacienda y canal Ventanas, por la eventual comisión del delito contemplado en el artículo 136 de la Ley General de Pesca y Acuicultura y 315 del Código Penal, relacionado con la contaminación de las aguas el río Huasco con Sulfato de Cobre.

Sin embargo, desde la Hacienda Ventanas desmintieron esta denuncia. Según lo informado por Diario Atacama, desde la Hacienda Ventanas señalaron que «no existe contaminación alguna con agentes venenosos o tóxicos, como falsamente indicaron personeros de la JVRH. Las declaraciones de la Junta se insertan en un esquema que pretende esconder las graves irregularidades al interior de esa organización de usuarios».

El administrador de la Hacienda Ventanas, Artemio Caniuqueo, señaló que en los próximos días entregarán «un informe técnico que acredita que no existe la contaminación falsamente denunciada por la JV» y agregó que analizan tomar las acciones penales que correspondan en este caso.

Al respecto, desde la Hacienda Ventanas informaron «es hora de terminar con esta persecución en contra de la Hacienda Ventanas y con las gravísimas irregularidades de esta Junta de Vigilancia».

El artículo 136 de la Ley General de Pesca y Acuicultura prescribe: “el que sin autorización, o contraviniendo sus condiciones o infringiendo la normativa aplicable introdujere o mandare introducir en el mar, ríos, lagos, o cualquier otro cuerpo de agua, agentes contaminantes químicos, biológicos o físicos que causen daño a los recursos hidrobiológicos, será sancionado con presidio menor en su grado medio a máximo y multa de 100 a 10.000 unidades tributarias mensuales, sin perjuicio de las sanciones administrativas correspondientes”

Por su parte el artículo 315 del Código Penal dispone: “El que envenenare o infectare comestibles, aguas u otras bebidas destinadas al consumo público, en términos de poder provocar la muerte o grave daño para la salud, y el que a sabiendas los vendiere o distribuyere, serán penados con presidio mayor en su grado mínimo y multa de veintiuna a cincuenta unidades tributarias mensuales”.

( foto: elzorronortino.cl )

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Un comentario sobre “Hda. Ventanas: «No existe contaminación con agentes venosos»”

  1. Es increíble el descaro de la JVRH. Las acciones de su directorio para presionar a esta fundación a fin de que acceda al pago de los derechos eventuales, todo, para beneficio de su antiguo dueño y prebendas económicas de éste al presidente de esta institución y sus secuaces.

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