Rechazan recurso de nulidad y confirma condena por homicidio simple en Vallenar

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La Corte de Apelaciones de Copiapó rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa en contra de la sentencia que condenó Brayan Patricio Campusano Olmedo y Francisco Alejandro Rivera Rivera a las penas de 10 años y un día de presidio, en calidad de autores del delito consumado de homicidio simple. Ilícito perpetrado en la comuna de Vallenar, en abril de 2022.

En fallo unánime (causa rol 667-2023), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Pablo Krumm de Almozara, Marcela Araya Novoa y la abogada (i) María Karina Guggiana– descartó infracción de ley en la sentencia recurrida, pronunciada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó.

Cabe señalar que el TOP de Copiapó dio por acreditado que “el 30 de abril de 2022, alrededor de las 00:10 horas; en la vía pública de la intersección de calles Compañía y Santa Isabel de la población Rafael Torreblanca, Vallenar, Brayan Patricio Campusano Olmedo y Francisco Alejandro Rivera Rivera corrieron hacia Sergio Daniel Ardiles Valdebenito, quien estaba de pie en la calzada, y en conjunto le propinaron un golpe de pie, en el aire, entre la zona del tórax y abdomen. A raíz de la agresión, la víctima cayó al suelo, instante en que se golpeó en la región parietal derecha, ocasionándole un traumatismo cráneo encefálico, a consecuencia del cual murió el 02 mayo de 2022 en el Hospital Regional de Copiapó”.

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