Preocupación existe entre autoridades de la región, debido al tratamiento que se le está entregando al Humedal Ribereño de Vallenar, y la posibilidad de llamar a una consulta ciudadana para determinar si se quiere continuar con esta declaratoria entregada por el ministerio de Medio Ambiente en 2021.
Cabe destacar, que la Ley Nº21.202, que modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos tiene por objeto regular de manera específica los ecosistemas de humedales dentro de áreas urbanas (humedales total o parcialmente dentro del límite urbano) e introducir en la legislación nacional, el concepto de humedales urbanos, en virtud de la gran relevancia que estos ecosistemas tienen para las ciudades, como áreas verdes, espacios para la recreación, control de inundaciones, mitigación al cambio climático, entre otros; y las fuertes amenazas bajo las cuales se encuentran.
Esta normativa busca asegurar la protección de los humedales que se encuentren total o parcialmente dentro del radio urbano, declarados por el Ministerio del Medio Ambiente (MMA) bajo la figura de “humedal urbano”, de oficio o a petición de los Municipios.
Asimismo, la Ley entrega a los municipios herramientas concretas que permitirá proteger los humedales urbanos, a través de la elaboración de Ordenanzas Generales para la protección de humedales urbanos y la postergación de permisos de subdivisión predial, loteo, urbanización y de construcciones. Además, esta ley modificó la LBGMA N° 19.300 en el Art. 10, literales p), q), r) y crea una nueva letra s), y establece que los humedales urbanos declarados por el Ministerio del Medio Ambiente deben ser incluidos en los Instrumentos de Planificación Territorial a toda escala como “área de protección de valor natural”.
AUTORIDADES
Consultada sobre esta situación en el Humedal Ribereño de Vallenar, la seremi de Medio Ambiente de Atacama, Natalia Penroz, dijo “que la Ley de Humedales establece la protección tanto de los humedales urbanos declarados como no declarados, y que la declaratoria tiene como objetivo mejorar la gestión y gobernanza de estos ecosistemas”.
Ante esto y consultada por la consulta ciudadana, Penroz fue tajante y explicó que “según el reglamento de la Ley de Humedales Urbanos, cualquier declaración de humedal urbano puede ser impugnada ante el Tribunal Ambiental, dentro de los 30 días siguientes a la publicación de la resolución de reconocimiento”. Si ya no se hizo en el tiempo que correspondía, ya es tarde para tomar dicha determinación, aunque la voluntad de la comunidad sea otra.
Por su parte, el consejero regional Juan Santana, dijo a El Noticiero del Huasco que “lo que tenemos ahí en el paseo ribereño es un tesoro. Yo voy regularmente al paseo ribereño, cuando voy tipo 07:30 u 08:00 de la mañana, recorro todo el paseo. Ingreso por el sector de Avenida Matta, y me voy deteniendo. Aprovecho de sacar fotografías. En fin, hasta el sector del puente Brasil y realmente lo que se ve es un enorme abanico de fauna”, comentó.
“Creo que tenemos un gran desconocimiento, eso está muy claro. Yo creo que nosotros requerimos informarnos y aprender. Hay que colocar el acento en la educación ahí en el sector, para realmente conocer y apreciar lo que tenemos”, dijo.
Santana, finalmente comentó que “esto que se ha planteado ahí, la posibilidad de una suerte de plebiscito respecto del tema del humedal me parece completamente fuera de lugar. Este es una ley, y es realmente una un agregado, una bondad de la naturaleza entregada a Vallenar. Me parece muy importante que avancemos en términos educativos de Educación medioambiental en el conjunto de la comunidad, de tal manera que podamos, conocerlo, apreciarlo y valorarlo”.