El lunes 30 de julio es un día de particular interés para quienes buscan ser elegidos alcaldes y concejales en las elecciones municipales que se llevarán a cabo el 28 de octubre.
Esto debido a que el plazo para la declaración de candidaturas a alcaldes y concejales finaliza esta fecha. Las consideraciones para que la presentación de las candidaturas se realice de manera efectiva se encuentran definidos en los siguientes artículos:
Los Arts. 107, 108, 109 y 153 inciso 2° de la Ley N° 18.695
Los Art. 3, 3 bis, 4, 5 y 7 de la Ley N° 18.700
Art. 30 de la Ley N° 19.884
En esta fecha también vence el plazo de la formalización de pactos y subpactos electorales, previo a la declaración de candidatura, en esta debe estar incluido el nombramiento del Administrador General Electoral de cada partido político. Revise:
Los Art. 3, 3 bis, 4, 5 y 7 de la Ley N° 18.700
Los Arts. 110 y 153 inciso 2° de la Ley N° 18.695
Art. 32 de la Ley N° 19.884
Finalmente, este día comienza el período de campaña electoral exceptuándose la propaganda electoral que debe comenzar el 28 de septiembre.
Art. 3 de la Ley N° 19.884
Los Art. 30 y 32 de la Ley N° 18.700